domingo, 3 de mayo de 2009

LOS TRASPLANTES Y EL DERECHO


SOBRE LO QUE DEBERIAN DE TOMAR EN CUENTA LAS INSTITUCIONES Y EL PERSONAL DE TRASPLANTE


Actualmente, aunque la disciplina esta muy avanzada y se hace acumulado gran cantidad de datos obre aspectos técnicos, clínicos e inmunológicos, el trasplante de órganos es todavía una disciplina sofisticada que requiere entrenamiento especifico y experiencia para lograr exito. Por lo tanto, leyes de transplantes deben incluir cláusulas sobre las siguientes áreas:
1. Todo hospital involucrado en transplantes de órganos debe demostrar su capacidad e infraestructura para manejar los aspectos críticos e inmunológicos del trasplante, al igual que todas las áreas relacionadas con cada órgano a trasplantarse, enfatizando además la investigación y la bioética.
2. Cada institución debe ser acreditada por separado para cada trasplante específico, Experiencia en trasplante de un órgano no garantiza el éxito en transplante de otro órgano.
3. Se deberá requerir educación formal y continua a todo el personal de trasplante, con certificado individual por las autoridades acreditadotas del país.
4. Se deberá requerir entrenamiento y experiencia institucional en todas las áreas relacionadas con trasplante, incluyendo inmuno genética, obtención, remoción y preservación de los diferentes órganos en adición al trasplante y al manejo del órgano concernido.
5. El transplante deberá ser realizado en el contexto de un programa de transplante bajo fundamentos en protocolos.
6. Un registro nacional de trasplantes era creado por la ley para centralizar la adquisición, análisis y publicación de estadísticas nacionales que permitan proyecciones para distribución de servicio de salud, recursos económicos y recursos humanos.
El registro debe de incluir datos sobre:
a. Cada uno de los pacientes de las diferentes listas de espera para cada órgano.
b. Todos los donadores vivos relacionados, vivos no relacionados y cadavéricos.
c. Todos los órganos extraídos.
d. Todos los órganos transplantados localmente, compartidos con otra instituciones o internacionalmente y los órganos descartados con su causa.
e. Todos los recipientes de órganos.
f. El resultado de cada trasplante.


SOBRE EL USO DE CADAVERES COMO DONADORES DE ORGANOS
La donación cadavérica presenta preocupaciones y cuidados diferentes a los de los vivos; el mayor entre estos es la seguridad de que la muerte ha ocurrido. Además, la definición de quien es el "dueño" del cadáver; los permisos para donar; respeto hacia el cuerpo; criterios para la donación; la protección de recipiente de transmisión de enfermedades, etc.
Por lo tanto la legislación sobre donación cadavérica debe incluir cláusulas para desarrollar política sobre lo siguiente:
1. Criterios de evaluación y selección para donador cadavérico, para cada órgano individual, incluyendo limites de edad, criterios de exclusión, causa de muerte, prevención de transmisión de cáncer o infección al recipiente, maximizar la viabilidad del órgano y la excelencia de función, el debido decoro y respeto al cadáver, además de guías para la evaluación y aceptación de cada órgano individual.
2. Criterios estrictos para la definición de muerte, incluyendo muerte cerebral, y para su determinación y certificaron al igual que criterios estrictos para el donador con muerte cardiaca.
3. Debe establecerse que no existirá participación alguna de parte de los médicos que determinen la muerte, en el proceso de donación de transplante, y a la inversa, que nadie de trasplante participara del pronunciamiento de muerte, de manera que no exista conflicto de interese.
4. Prohibición de comercio o venta de órganos.
5. Prohibición del uso de prisioneros como donadores de órganos.
6. Establecer guías para el manejo de cadáveres de manera que sea máxima la viabilidad de los órganos a trasplantarse
7. Establecer guías para la obtención, remoción y preservación de cada órgano individual
8. Formular un esquema para la distribución de órganos
9. Establecer guías para la disposición final del cadáver

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